Trabajando en la Comisión Investigadora de Irregularidades en el Ejército, acá investigamos facturas duplicadas por más de 200 millones de dólares.
En esta oportunidad, recibimos al Contralor General de la República Sergio Bermúdez.
¿QUÉ ES EL APORTE A CAMPAÑAS POLÍTICAS?
Es toda contribución en dinero, o estimable en dinero, que se efectúe a un candidato o partido político, sea que se materialice bajo la forma de mutuo, donación, comodato o cualquier acto o contrato a título gratuito, destinado al financiamiento de gastos electorales.
El aportante es la persona natural o partido político, que hace una contribución en dinero, o estimable en dinero, que se encuentra destinada al financiamiento de gastos electorales.
¿QUIÉNES PUEDEN HACER APORTES?
• Personas naturales que hayan cumplido 18 años de edad al momento de realizar el aporte.
• Los partidos políticos.
No podrán hacer aportes:
• Personas naturales que tengan nacionalidad extranjera y residan en el extranjero.
• Personas jurídicas de Derecho público o privado.
• Los Consejeros del Servicio Electoral y sus funcionarios directivos.
En el sitio web del Servel se encuentran publicadas las instrucciones para efectuar aportes.